sábado, 28 de noviembre de 2009

La Declaración de Sentimientos o de Séneca Falls



Esta mañana soleada de sábado hemos asistido al partido de liga de cadete masculino, Grupo C, que han disputado en tierra fronteriza de limoneros el CB Santomera y el CB Murcia 95. El resultado ha sido lo de menos, un partido más de una competición tal vez excesivamente desnivelada. Durante el encuentro, hemos escuchado el sonido de una bocina que nos ha hecho preguntarnos si los barcos cargados de emigrantes que llegaban a Nueva York durante el siglo XIX y parte del XX no hacían sonar sus sirenas al avistar la bocana del puerto, y si el sonido no guardaría cierta semejanza con esas bocinas que, a algunas, nos asordan tanto durante los partidos de baloncesto. Hemos rememorado la travesía de los irlandeses huyendo de una tierra asolada por la Gran hambruna de 1848 provocada por la perdida de las cosechas de patatas y que provocó más de un millón de muertos en la verde Erin, la isla esmeralda. 1848, año de revoluciones tal como nos descubre Eric Hosbsbawn en su clásico estudio “Las Revoluciones Burguesas”, también año de la publicación del Manifiesto Comunista de Kart Marx y Frederic Engels. Pero en el futuro, seguramente el año 1848 no será recordado por la publicación de un panfleto que fue utilizado como catecismo por muchas personas durante medio Siglo XIX y gran parte del Siglo XX, sino por la “Declaración de Sentimientos” o “Declaración de Séneca Falls”, manifiesto fundacional del movimiento sufragista norteamericano y, por extensión mundial. La utopía comunista ensayada en la Unión Soviética fue una tragedia, un desastre individual y colectivo como nos relata Alexander Solzhenitsyn en “Archipiélago Gulag” o más recientemente Simón Sebag Montefiore en “La Corte del Zar Rojo”. Pero dejadme recordar de esa deleznable época autores soviéticos como Vasili Grossman y su “Vida y Destino”, Bulgakov y su “La Guardia Blanca” y “Margarita y el Maestro”, la poeta Anna Ajmátova y su “Réquiem”, o Mijail Sholojov y su extraordinario “El Don Apacible”.

Reproducimos la “Declaración de Sentimientos”, inspirada en la Declaración de Independencia de Estados Unidos y publicada en 1848:

"CONSIDERANDO:

Que está convenido que el gran precepto de la naturaleza es que "el hombre ha de perseguir su verdadera y sustancial felicidad". Blackstone en sus Comentarios señala que puesto que esta Ley de la naturaleza es coetánea con la humanidad y fue dictada por Dios, tiene evidentemente primacía sobre cualquier otra. Es obligatoria en toda la tierra, en todos los países y en todos los tiempos; ninguna ley humana tiene valor si la contradice, y aquellas que son válidas derivan toda su fuerza, todo su valor y toda su autoridad mediata e inmediatamente de ella; en consecuencia:

DECIDIMOS

Que todas aquellas leyes que sean conflictivas en alguna manera con la verdadera y sustancial felicidad de la mujer, son contrarias al gran precepto de la naturaleza y no tienen validez, pues este precepto tiene primacía sobre cualquier otro.

Que todas las leyes que impidan que la mujer ocupe en la sociedad la posición que su conciencia le dicte, o que la sitúen en una posición inferior a la del hombre, son contrarias al gran precepto de la naturaleza y, por lo tanto, no tienen ni fuerza ni autoridad.

Que la mujer es igual al hombre - que así lo pretendió el Creador- y que por el bien de la raza humana exige que sea reconocida como tal.

Que las mujeres de este país deben ser informadas en cuanto a las leyes bajo la cuales viven, que no deben seguir proclamando su degradación, declarándose satisfechas con su actual situación ni su ignorancia, aseverando que tienen todos los derechos que desean.

Que puesto que el hombre pretende ser superior intelectualmente y admite que la mujer lo es moralmente, es preeminente deber suyo animarla a que hable y predique en todas las reuniones religiosas.

Que la misma proporción de virtud, delicadeza y refinamiento en el comportamiento que se exige a la mujer en la sociedad, sea exigido al hombre, y las mismas infracciones sean juzgadas con igual severidad, tanto en el hombre como en la mujer.

Que la acusación de falta de delicadeza y de decoro con que con tanta frecuencia se inculpa a la mujer cuando dirige la palabra en público, proviene, y con muy mala intención, de los que con su asistencia fomentan su aparición en los escenarios, en los conciertos y en los circos.

Que la mujer se ha mantenido satisfecha durante demasiado tiempo dentro de unos límites determinados que unas costumbres corrompidas y una tergiversada interpretación de las Sagradas Escrituras han señalado para ella, y que ya es hora de que se mueva en el medio más amplio que el Creador le ha asignado.

Que es deber de las mujeres de este país asegurarse el sagrado derecho del voto.

Que la igualdad de los derechos humanos es consecuencia del hecho de que toda la raza humana es idéntica en cuanto a capacidad y responsabilidad.

Que habiendo sido investida por el Creador con los mismos dones y con la misma conciencia de responsabilidad para ejercerlos, está demostrado que la mujer, lo mismo que el hombre, tiene el deber y el derecho de promover toda causa justa por todos los medios justos; y en lo que se refiere a los grandes temas religiosos y morales, resulta muy en especial evidente su derecho a impartir con su hermano sus enseñanzas, tanto en público como en privado, por escrito o de palabra, o a través de cualquier medio adecuado, en cualquiera asamblea que valga la pena celebrar; y por ser esto una verdad evidente que emana de los principios de implantación divina de la naturaleza humana, cualquier costumbre o imposición que le sea adversa, tanto si es moderna como si lleva la sanción canosa de la antigüedad, debe ser considerada como una evidente falsedad y en contra de la humanidad.

Que la rapidez y el éxito de nuestra causa depende del celo y de los esfuerzos, tanto de los hombres como de las mujeres, para derribar el monopolio de los púlpitos y para conseguir que la mujer participe equitativamente en los diferentes oficios, profesiones y negocios”.







El primer país que estableció el sufragio universal fue Nueva Zelanda en 1893. España, por su parte, lo estableció en 1931. Llama la atención que países como Suiza no lo implantaran hasta 1971, Portugal en 1975, Liechtenstein en 1984 o Sudáfrica en 1994 (aunque este último país tuvo una evolución histórica peculiar.

Las imágenes son pinturas de Van Gogh ("Los comedores de patatas") y Millet ("El Ángelus")















No hay comentarios: